Redacción ACI Prensa
La Corte Suprema de Estados Unidos falló este martes 26 de junio contra una ley que exigía a los centros de ayuda a las embarazadas de California proporcionar información sobre acceso al aborto gratuito o barato.
El fallo, de cinco votos a cuatro, se refiere al caso del National Institute of Family and Life Advocates (NIFLA) vs Becerra. Ahora el caso deberá ser enviado nuevamente a una corte menor para su reconsideración.
El fallo señala que la ley de California llamada Reproductive FACT act (Ley Reproductiva FACT) viola la Primera Enmienda de la Constitución de Estados Unidos que rige desde 1791 y que protege los derechos a la libertad de religión y la libertad de expresión.
La ley fue aprobada en 2015 y no solo exige dar información sobre el aborto, sino que obliga a los centros de ayuda para embarazadas -como aquellos que proporcionan ropa o artículos para los bebés-, a mostrar un aviso precisando que no tienen licencia de instalación médica en California, pese a que esta figura no existe legalmente en el estado.
El caso de NIFLA vs Becerra llegó a la Corte Suprema luego que la juez Dorothy W. Nelson, de la corte del 9° circuito de apelaciones, estableció que el estado de California “tiene un interés esencial en la salud de sus ciudadanos, incluyendo asegurarles que tengan acceso a información sobre servicios protegidos por la Constitución como el aborto”.
Sin embargo, la Alliance Defending Freedom, que representa a NIFLA, denunció que la ley es discriminatoria y una acción ilegal del Gobierno contra la libertad de expresión.
“Obligar a alguien a proporcionar publicidad para la industria del aborto es impensable; especialmente cuando es el Gobierno quien fuerza la medida”, denunció Kevin Theriot, consejero senior de la Alliance Defending Freedom.
Por su parte, el Cardenal Timothy Dolan, Arzobispo de Nueva York y presidente del comité de actividades provida del Episcopado estadounidense, afirmó que la decisión de la Corte Suprema es “una importante victoria para los derechos de la libre expresión de las organizaciones provida”.
La decisión del más alto tribunal del país, continuó, “protege el derecho de todas las organizaciones de elegir por ellas mismas no solo qué decir, sino que no decir”.
“Esto incluye permitir a los centros provida de ayuda a embarazadas que sigan proporcionando el apoyo a la vida de la madre y el niño, sin ser forzadas por los gobiernos a proporcionar publicidad gratuita para el acto violento del aborto en directa violación de las convicciones de los centros a favor de la vida”.
El Arzobispo de Nueva York resaltó que “la decisión es un desarrollo importante para proteger los centros provida para embarazadas ante futuras iniciativas que busquen afectar la libre expresión en violación de sus creencias más profundas”.
Traducido y adaptado por Walter Sánchez Silva. Publicado originalmente en CNA