Ministerio Público pide a la Superintendencia de Salud revocar una circular -la 003 de abril de este año- por ilegal e inconstitucional.
La disposición emitida por la Superintendencia imponía a los hospitales y EPS el cumplimiento de la sentencia de la Corte Constitucional que despenalizó el aborto en tres casos: cuando el feto sufre una deformación, está en peligro la vida de la madre o en caso de una violación.
También establece medidas para permitir el procedimiento de interrupción del embarazo que rigen para todas las instituciones de salud, sin importar si son laicas o confesionales.
En el texto, la circular advierte sobre los deberes de médicos y directivas hospitalarias, y de las EPS, y de las sanciones a quienes desacaten lo dispuesto por la Corte.
Sin embargo, la procuradora delegada para la Infancia y la Familia, Ilva Miryam Hoyos, le dice a la Superintendencia que esa entidad no tiene facultades para regular el aborto en los casos despenalizados por no existir una ley que lo faculte y le recuerda que el Consejo de Estado tumbó dos circulares previas por esas mismas razones.
Citando al Consejo de Estado, Hoyos afirmó que “es meridianamente claro que la Superintendencia de Salud carece en absoluto de competencia” y le advierte que tampoco puede inmiscuirse en regular el derecho a la objeción de conciencia por ser este un derecho fundamental, y reitera que solo el Congreso es el autorizado para regular en la materia.
A juicio de la Procuraduría, la circular que cuestiona dicta las mismas disposiciones que fueron anuladas por el Consejo de Estado.
http://www.eltiempo.com/justicia/procuraduria-pide-a-supersalud-anular-circulares-sobre-aborto_12875842-4