Aborto

La Situación Legal y Política del Aborto en Colombia después del 2M

Por J. de Jesús Magaña M.

 

El pasado 2 de marzo por primera vez en 13 años la Corte Constitucional fue frenada en sus pretensiones de consolidar la legalidad del aborto en Colombia por la expresión de grupos de ciudadanos que salieron a las calles a protestar.

La Corte Constitucional conformada en su mayoría por jueces pro aborto pretendía aprovechar la sentencia sobre una demanda de inconstitucionalidad presentada por la Dra. Natalia Bernal contra las sentencias C 355 y SU 096-18 que despenalizan el aborto y lo permiten hasta un instante antes de nacer por 3 causales. El magistrado de la Corte Constitucional Alejandro Linares proyectó una sentencia para dicha demanda cuyo resultado hubiese sido despenalizar totalmente el aborto hasta las 16 semanas sin mediar ninguna causal. La propuesta de Linares tuvo buena acogida entre 6 de los 9 magistrados y existía una muy alta probabilidad de que fuera aprobada.

Inesperadamente un trágico hecho cambió radicalmente el panorama. Fue el caso del bebé JuanSe y la lucha de su padre para evitar que fuera abortado. Por más de dos semanas, dentro y fuera de Colombia millones de personas siguieron con estupor la perversidad de la ley de aborto que se ha impuesto a un país provida. A pesar de los ruegos y la defensa legal del padre, JuanSe con mas de 7 meses de gestación fue abortado por  Profamilia. Esta es la filial colombiana de la Federación Internacional de Planificación Familiar – IPPF. En efecto ellos aislaron a  la  madre de JuanSe, le impidieron el contacto con su novio y su familia , la pusieron  en un avión que  la llevo desde Popayán a Bogotá  en donde efectuó el asesinato en  en su clínica principal. Esto causó una gran conmoción que movilizó a millones de personas en toda la nación.

El asesinato de JuanSe desnudó la fraseología que encubre la violencia y crueldad del aborto. “Interrupción voluntaria del embarazo – IVE”, “derechos sexuales y reproductivos de las mujeres” o “derecho fundamental a la IVE” significan matar a niños inocentes como JuanSe. Y ahora la población ya lo va entendiendo. Se dieron manifestaciones y plantones muy vigorosos que mostraron la indignación del país y el debate escaló muy fuerte en los medios. Esta horrenda realidad del aborto de JuanSe tuvo otros efectos como la constitución de la bancada provida en el Congreso de la Republica, así como en el Concejo de Bogotá.

Ante toda esta presión popular, los magistrados no se atrevieron a respaldar la ponencia de Linares. La desecharon con argumentos de forma y no fondo, mediante la vía de “declárase inhibida” por considerar mal presentada la demanda. Es decir, escogieron una forma de librarse temporalmente del problema.

Sin embargo, se ha abierto un horizonte político más favorable para el movimiento ciudadano que promueve el respeto a la vida desde la concepción, derecho reconocido por la Constitución de Colombia y tergiversado por la Corte que tendría que hacerla respetar. Desde inicios de este siglo, los abortistas escogieron la vía judicial para legalizar el aborto ante reiterados rechazos de proyectos de ley en el Congreso.

Fue muy importante ver en las declaraciones de todo el movimiento feminista abortista que su fundamento estriba exclusivamente en las sentencias de la Corte Constitucional, fruto del activismo jurídico de unos pocos jueces que actuaron en contra del artículo 11 de la Constitución. Ahora su posición es muy frágil sobre todo si se considera el creciente deterioro de la imagen de la Corte Constitucional.

La gente del lobby del aborto sabe que debe cerrar esta brecha legal pues su única base real son las sentencias de la Corte. Por eso ha insistido y ordenado al Congreso que regule el aborto mediante ley, lo que no ha hecho durante 13 años.

Con seguridad veremos en los próximos meses que harán todo esfuerzo posible para que el congreso valide las sentencias de la Corte Constitucional mediante una ley. Tratarán de que se apruebe una ley y no les importará que sea muy restrictiva en las tres causales. Pues de otro modo, una ley que ponga en práctica en cualquier aspecto el derecho a la vida desde la concepción tal como lo estipula el artículo 11 de la Constitución derribará todo el andamiaje abortista que la Corte les ha construido y se vendrán por tierra sus sentencias.

Ya ha habido un precedente muy claro que muestra el punto frágil de la posición abortista basada exclusivamente en las sentencias de la Corte. En diciembre de 2006, se emitió el decreto 4444 que reglamentaba el aborto despenalizado por la sentencia C-355. Este decreto fue objeto de una demanda ante el concejo de estado que lo declaró nulo pues el ejecutivo no puede normar una sentencia de la corte, solo puede normar una ley emitida por el congreso de la república. Desobedecer una sentencia previa del concejo de estado puede acarrear sanciones no sólo de tipo administrativo sino de tipo penal a los jueces que emitan estas sentencias y a los funcionarios que realicen acciones en base a ellas.

La ciudadanía Provida junto a sus congresistas tienen una gran oportunidad de superar el infame holocausto de niños colombianos por nacer en el que han sumido a Colombia 6 magistrados de la Corte Constitucional.